Por sentencia o resolución judicial o arbitral firme.
Crédito reconocido en una sentencia o resolución judicial o arbitral, dictadas como consecuencia de un procedimiento judicial o un proceso de arbitraje, y que por ser firmes sean directamente ejecutables contra el deudor.
Documentación necesaria:
- Testimonio (copia autenticada por el Juzgado y firmada por el Secretario) de la sentencia o resolución o copia testimoniada del laudo arbitral en su caso.